El juez Presencia exige la creación de buzones internos de denuncias.

May 27, 2024 | Notas de prensa

Nota de Prensa

 

 

 

El juez Presencia exige al Gobierno la creación de “buzones internos de denuncias” para acabar con la corrupción en la gestión de las cárceles españolas.

 

Descargar Transparencia y peticion Ley 2-2023

Instrucciones:

Descargar el documento pulsando la imagen o el link en la parte inferior de esta.

Cubrir el impreso por duplicado, firmar ambos y presentarlos en cualquier registro oficial que admita escritos dirigidos a la administración general del Estado. Nos devolverán la copia sellada.

 

Alternativamente, con DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve, entrar en la página web del Registro electrónico: https://reg.redsara.es/

  1. Seleccionar sistema de acceso.
  2. En la primera página cubrir los datos personales.
  3. En la segunda página, del organismo destinatario, en el “Asistente de búsqueda” elegir “nivel de administración” ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO. En “seleccione un Ministerio”, seleccionar PRESIDENTE DEL GOBIERNO. En el apartado “nombre o código del organismo” bastará introducir la palabra PRESIDENTE y aparece la opción “Secretaria y Oficina del Presidente del Gobierno”.
  4. En la tercera página, copiar en los apartados “asunto”, “expone” y “solicita” el contenido de los apartados del mismo nombre del escrito anterior.
  5. En la página siguiente, de “documentación” no será necesario aportar ninguna.
  6. Firmar digitalmente. Lo hace el ordenador automáticamente.
  7. Conservar el justificante del registro.

 

 

La solicitud de información en base a la ley de transparencia debe tener respuesta en el plazo de un mes (art. 20.1 Ley 19/2013). De no recibirse en este plazo se abre otro plazo de 2 meses para interponer recurso contencioso-administrativo para exigir judicialmente respuesta.

 

Las “peticiones” de creación del sistema y el canal interno de información y de la Autoridad Independiente de Protección al Informante debe tener respuesta en el plazo máximo de 3 meses (art. 11.1 LORDP) De no recibirse, se abre un plazo de 20 días hábiles para reclamarla judicialmente, por la vía preferente de la protección jurisdiccional de los derechos fundamentales (art. 12 LORDP)

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