🚨‼ATENCIÓN URGENTE.‼️🚨   QUIEREN SECUESTRAR A LOS HIJOS DEL JUEZ FERNANDO PRESENCIA.

🚨‼ATENCIÓN URGENTE.‼️🚨 QUIEREN SECUESTRAR A LOS HIJOS DEL JUEZ FERNANDO PRESENCIA.

Nota de Prensa

 

 

🚨‼ATENCIÓN URGENTE.‼️🚨

QUIEREN SECUESTRAR A LOS HIJOS DEL JUEZ FERNANDO PRESENCIA.

(La mayor de sus 4 hijos tiene 6 añitos)

Le quieren aplicar el protocolo que utiliza la policía para desalojo de okupas. Quieren desahuciarle estando al día en los pagos de renta. Este protocolo permite el SECUESTRO inmediato de los hijos del Juez Presencia en ese mismo acto.

🔊NO LO VAMOS A PERMITIR.🔊
Os pedimos que estéis atentos a las siguientes noticias para poder ayudar frente a esta aberración que quieren cometer de forma totalmente ilegal.

 

El juez Presencia denuncia como delito electoral la falsificación de su hoja de antecedentes penales para que no pueda presentarse a las elecciones como candidato

El juez Presencia denuncia como delito electoral la falsificación de su hoja de antecedentes penales para que no pueda presentarse a las elecciones como candidato

 

Nota de Prensa

 

 

En la DILIGENCIA INICIAL del atestado nº3904/23, de la comisaría de la Policía Nacional de Talavera de la Reina, se recoge como DELITO ELECTORAL “la presunta falsificación de la hoja de antecedentes penales del compareciente, en la que se hace constar la supuesta firmeza de la pena accesoria que le inhabilita para el derecho de sufragio pasivo por un total de TREINTA Y CUATRO MESES” cuando es lo cierto que la sentencia condenatoria no ha ganado firmeza “al encontrarse en tramitación en la Sala Segunda del Tribunal Supremo el recurso de casación contra la misma”.

 

Puede abrir la denuncia pinchando aquí

Llarena pierde la competencia para procesar a Puigdemont

Llarena pierde la competencia para procesar a Puigdemont

Derogado el delito de sedición y sin poder aplicar ya el delito de rebelión, el Supremo ha perdido la competencia para seguir conociendo de la causa contra los procesados declarados en rebeldía, que pasa a ser del TSJC.

 

El magistrado del Tribunal Supremo (TS) Pablo Llarena Conde, instructor del caso procés’, dictaba ayer un auto en el que establece las consecuencias de la reforma del Código Penal que ha entrado este jueves en vigor para los procesados en la causa declarados en rebeldía: el expresidente catalán Carles Puigdemont, los exconsejeros Antonio Comín, Lluis Puig y Clara Ponsatí, y la secretaria general de Esquerra Republicana de Cataluña (ERC), Marta Rovira.

 

Ante la derogación del delito de sedición, por el que estaban procesados Puigdemont, Comín, Ponsatí y Rovira, Llarena entiende que los hechos de la causa relacionados con el mismo son subsumibles ahora en un delito de desobediencia, ya que considera que no encajan en el delito de desórdenes públicos, ni en su nueva formulación ni en la vigente en el momento de los hechos.

 

Por el contrario, afirma que no debe modificarse, sino mantenerse el procesamiento de Puigdemont, Comín y Puig por un delito de malversación de caudales públicos, al considerar que la reforma de dicho delito no afecta a los hechos investigados en el sentido de eliminar o minorar la pena prevista en la tipificación que se deroga.

 

Sin embargo, como afirma el juez Fernando Presencia, derogado el delito de sedición y sin poder aplicar ya el delito de rebelión, el Supremo ha perdido la competencia para seguir conociendo de la causa contra los procesados declarados en rebeldía, pasando los delitos de desobediencia y malversación de caudales públicos a ser jurisdicción exclusiva del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

 

Ello es consecuencia de que la competencia del Tribunal Supremo quedó fijada para conocer de los delitos de rebelión y/o sedición y sus conexos. Así lo destacaba la propia Sala cuando señaló que “determinadas actuaciones finalísticamente dirigidas a hacer realidad un eventual designio independentista habían sido ejecutadas fuera de la referencia geográfica que contempla el artículo 57.2 del Estatuto de Autonomía de Cataluña”, refiriéndose exclusivamente a la rebelión y a la sedición.

 

Al haberse derogado ahora el delito de sedición, que es el que finalmente aplicaba la sentencia del “procés”, Llarena ha perdido la competencia para conocer de los delitos de desobediencia y malversación de caudales públicos, que en cualquier caso habrían sido presuntamente cometidos dentro de la referencia geográfica de Cataluña, que pasarían a ser competencia del TSJC.

El juez Presencia y ACODAP preparan querella contra EL PAÍS

El juez Presencia y ACODAP preparan querella contra EL PAÍS

Nota de Prensa de ACODAP

 

 

 

 
 

 

La demanda de conciliación, previa a la querella, se presenta en los juzgados de Madrid contra el periodista José María Jiménez Gálvez al que se le pide una indemnización de 300.000 € por las injurias y calumnias vertidas en sus artículos, contra los demandantes

 

 

 
Lo esperado: Ana Pastor también demanda al juez Presencia y a Santiago Royuela

Lo esperado: Ana Pastor también demanda al juez Presencia y a Santiago Royuela

Nota de Prensa de ACODAP

 

 

Miren que ya nos lo estábamos esperando, es decir, no nos pilla de sorpresa. Tras haber recibido hace unos días una demanda presentada por el periodista Antonio García Ferreras contra el juez Fernando Presencia y Santiago Royuela, por un vídeo en el que se hablaba de las presuntas cuentas de las que Ferreras y su pareja serían titulares en paraísos fiscales, era de esperar que la demanda de ella llegara tarde o temprano.

Y por fin, lo que esperábamos ha llegado. Se ha recibido una demanda, casi calcada, de la también periodista Ana Pastor contra el juez Presencia y contra Santiago Royuela.

El asunto importante es que los dos han sido denunciados en el juzgado por la presunta titularidad de esas cuentas, por parte de Fernando Presencia y de ACODAP.

 

Nuevamente nos vamos a encontrar con que los jueces volverán a tener la pelota en su tejado: ¿Investigarán lo denunciado por ACODAP? Lo veremos en las próximas semanas.

 

 

Descargar PDF

 

 

Demanda de Ana Pastor a Fernando Presencia y Santiago Royuela